Requisitos
Recibirá el permiso de residencia permanente si cumple conjuntamente tres requisitos (art. 195, apartado 1, punto 4, de la ley de extranjeros):
- está casado con un ciudadano polaco reconocido como tal por la ley polaca,
- el matrimonio dura al menos 3 años antes de la fecha de presentación de la solicitud,
- inmediatamente antes de la solicitud reside en Polonia sin interrupción durante al menos 2 años con base en un permiso de residencia temporal concedido por razón del matrimonio con ese ciudadano polaco (o por razón de estatus de refugiado, protección complementaria o permiso de residencia por razones humanitarias).
La ley no exige que los 3 años de matrimonio coincidan con la residencia en Polonia. Sí exige 2 años de residencia con el permiso adecuado. Por eso el primer paso suele ser un permiso de residencia temporal para el cónyuge de un ciudadano polaco; consulte la tarjeta de residencia.
Qué significa residencia ininterrumpida
La residencia es ininterrumpida si ninguna interrupción duró más de 6 meses y todas las interrupciones juntas no superaron los 10 meses (art. 195, apartado 4). Estos límites no se aplican cuando la salida se debió, entre otras causas, a un trabajo en el extranjero para un empleador con sede en Polonia, o a una situación personal especial de hasta 6 meses.
El matrimonio debe ser real
El voivoda comprueba que el matrimonio no se haya celebrado ni exista con el fin de eludir las normas sobre residencia de extranjeros (art. 205). Si es así, deniega el permiso (art. 197, apartado 1, punto 6).
Una vez concedida la residencia permanente, tenga en cuenta una norma: si se divorcia dentro de los 2 años siguientes a la concesión de la residencia permanente, el voivoda puede revocar el permiso (art. 199, apartado 3).
Solicitud, tasa y plazo
- La solicitud se presenta en MOS a más tardar el último día de su residencia legal (art. 202, apartado 1, y art. 203c); consulte cómo presentar la solicitud en MOS.
- La tasa de timbre por el permiso es de 640 PLN; consulte tasas.
- El voivoda tiene 6 meses para decidir (art. 210, apartado 1). Si la solicitud se presentó a tiempo y sin defectos formales, su residencia es legal durante ese período (art. 206, apartado 1, punto 2).
La residencia permanente también abre el camino a la ciudadanía: el cónyuge de un ciudadano polaco puede ser reconocido como ciudadano tras 2 años de residencia permanente; consulte ciudadanía polaca por matrimonio.