Cuándo hay entrevista

Puede acreditar el conocimiento del polaco con un documento: un certificado, un certificado escolar o de estudios en Polonia, o un certificado escolar extranjero con polaco como lengua de instrucción (art. 13, apartado 7, de la ley sobre la Karta Polaka). Si no tiene ese documento, el conocimiento del idioma lo evalúa el cónsul, o en las solicitudes presentadas en Polonia el voivoda, durante una entrevista (art. 13, apartado 8).

Qué evalúa la entrevista

La ley exige que demuestre su vínculo con la polonidad (art. 2, apartado 1, punto 1):

  • conocimiento del idioma polaco al menos en nivel básico, del idioma que considera su lengua materna,
  • conocimiento y práctica de las tradiciones y costumbres polacas.

La ley no fija una lista de preguntas ni la forma de la entrevista. Prepárese para una conversación libre en polaco sobre usted, su familia y las tradiciones polacas que cultiva.

Declaración de pertenencia

En presencia del cónsul o del voivoda (o de un empleado designado) firma una declaración escrita de pertenencia a la Nación Polaca (art. 2, apartado 1, punto 2). Sin ella no obtendrá la Karta.

Plazos de decisión

Tras registrar la solicitud, el jefe de la Agencia de Seguridad Interior tiene 30 días para informar si no existen obstáculos por motivos de seguridad (art. 19a, apartados 1 y 3). El cónsul o el voivoda dicta la decisión a más tardar 30 días después de recibir esa información o de vencido el plazo para darla (art. 19a, apartado 4).

Denegación

Contra la decisión denegatoria cabe recurso ante el Consejo para los Polacos fuera de las Fronteras del País. Se presenta a través del cónsul o del voivoda en un plazo de 30 días desde la notificación de la decisión (art. 21). No redactamos recursos, pero podemos explicarle la decisión y ayudarle a preparar una nueva solicitud; consulte explicación de cartas oficiales.