Requisitos
La Karta Polaka puede concederse a una persona que declara su pertenencia a la Nación Polaca y cumple conjuntamente cuatro requisitos (art. 2, apartado 1, de la ley sobre la Karta Polaka):
- demostrar su vínculo con la polonidad: conoce al menos básicamente el idioma polaco, que considera su lengua materna, y conoce y practica las tradiciones y costumbres polacas,
- presentar una declaración escrita de pertenencia a la Nación Polaca en presencia del cónsul o del voivoda,
- demostrar que tiene nacionalidad polaca o que al menos uno de sus padres o abuelos, o dos de sus bisabuelos, tenían nacionalidad polaca; o presentar una certificación de una organización polaca o de la diáspora polaca que acredite una participación activa en la promoción de la lengua y la cultura polacas durante al menos los últimos 3 años,
- declarar que ni él ni sus antepasados se repatriaron desde Polonia en virtud de los acuerdos de repatriación de 1944-1957 con la RSS de Bielorrusia, la RSS de Ucrania, la RSS de Lituania y la URSS.
La Karta puede concederse también a una persona cuyo origen polaco se haya confirmado con base en la ley de repatriación, si conoce el polaco al menos en nivel básico (art. 2, apartado 3).
Quién no la obtendrá
El cónsul o el voivoda deniega la Karta, entre otros casos, a quien tiene ciudadanía polaca o residencia permanente en Polonia, a quien presentó datos falsos o usó documentos falsificados, y por motivos de seguridad (art. 19).
Hijos
Un menor recibe la Karta a solicitud de los padres cuando ambos la tienen, o cuando uno de ellos la tiene y el otro dio su consentimiento ante el cónsul, un notario o el voivoda (art. 16, apartado 1). El niño que ha cumplido 16 años debe dar su propio consentimiento (art. 16, apartado 2).
Dónde presentar la solicitud
La solicitud se presenta ante el cónsul competente para su lugar de residencia (art. 12, apartado 2). Los ciudadanos de Ucrania, Bielorrusia y Rusia, y los apátridas de esos países, también pueden presentarla ante el voivoda en Polonia (reglamento del Consejo de Ministros, Dz.U. 2017 poz. 1900). Qué documentos preparar lo explicamos en la guía documentos para la Karta Polaka.