Cuándo es necesario
El anexo rellenado por la entidad que confía el trabajo se adjunta a la solicitud de (art. 106, apartado 2, de la ley sobre extranjeros):
- autorización de residencia temporal y trabajo,
- autorización de residencia temporal para realizar un trabajo altamente cualificado (Tarjeta Azul UE),
- autorización de residencia temporal para la movilidad de larga duración del titular de la Tarjeta Azul UE,
- autorización de residencia temporal para ejercer una actividad económica, cuando la finalidad de la estancia es trabajar en el consejo de administración de una sociedad de responsabilidad limitada o de una sociedad anónima que el extranjero ha constituido o en la que ha asumido o adquirido participaciones o acciones, dirigir los asuntos de una sociedad comanditaria o comanditaria por acciones como socio colectivo, o actuar como apoderado (prokurent).
Anexos similares los rellenan el organizador de las prácticas, la entidad que acoge al voluntario y la entidad que imparte los estudios, en las autorizaciones para becarios, voluntarios y estudios. En MOS funcionan del mismo modo.
Qué contiene
- los datos del extranjero,
- los datos de la entidad que confía el trabajo y del empleador usuario,
- la información sobre el trabajo: puesto o tipo de trabajo, profesión según la clasificación de profesiones y especialidades, lugar de trabajo, base jurídica, jornada, remuneración, funciones, periodo del encargo del trabajo y subclase PKD,
- la declaración del empleador sobre la ausencia de condenas por determinados delitos e infracciones,
- la declaración de veracidad de los datos.
El modelo del anexo lo establece el reglamento del Ministro del Interior y Administración de 10 de abril de 2026 relativo a la solicitud de autorización de residencia temporal para un extranjero.
Cómo funciona en MOS
- El extranjero, al rellenar la solicitud, escribe la dirección de correo electrónico del empleador y la confirma con el botón «Añadir».
- Tras rellenar el resto de la solicitud, elige «Guardar la solicitud y enviar el formulario al empleador». La solicitud recibe el estado «Pendiente de que el empleador rellene el anexo»: esto todavía no es la presentación de la solicitud.
- El empleador recibe un correo electrónico con un enlace, rellena el formulario en línea, lo firma y lo envía en MOS. El anexo pasa automáticamente a la solicitud.
- El extranjero recibe un correo electrónico indicando que puede terminar la solicitud: la firma y la envía.
Para el empleador: la firma
El anexo lo firma la entidad que confía el trabajo o una persona que actúe en su nombre, con una firma electrónica cualificada, una firma personal o una firma de confianza (art. 106d, apartado 4). Cuando el empleador es una sociedad u otra entidad organizada, las declaraciones las presenta la persona que actúa en su nombre (art. 106, apartado 3).
Plazo: la solicitud debe presentarse, como máximo, el último día de la estancia legal, y el extranjero no podrá enviarla hasta que el empleador devuelva el anexo. Envíe el enlace al empleador con margen de tiempo y acuerde con él una fecha.
Modificación de la autorización de residencia temporal y trabajo
La solicitud de modificación de la autorización de residencia temporal y trabajo se presenta en papel, no en MOS (art. 120a, apartado 1). Véase: solicitudes fuera de MOS.