De qué trata esta guía

Tiene una autorización de residencia temporal como familiar y en la familia ha cambiado la situación: divorcio, separación o fallecimiento. La autorización se concedió por una finalidad de estancia determinada. Cuando esa finalidad desaparece, el voivoda retira la autorización (art. 101, puntos 1 y 2, y art. 166, apartado 1, de la ley sobre extranjeros). La ley conoce, sin embargo, casos en los que puede obtener una nueva autorización.

Familia de un ciudadano polaco

Se refiere a la autorización del cónyuge de un ciudadano polaco o del hijo menor de un extranjero casado con un ciudadano polaco (art. 158, apartado 1). Se concede una nueva autorización en los casos de (art. 158, apartado 2):

  • divorcio o separación: cuando lo justifica su interés importante,
  • viudedad: sin la condición adicional del interés,
  • fallecimiento del progenitor de un hijo menor: cuando lo justifica el interés importante del niño.

Esa autorización se concede una sola vez por un período no superior a 3 años (art. 158, apartado 3).

Familia de un extranjero (reagrupación familiar)

Cuando tiene una autorización de reagrupación familiar, se le concede una autorización cuando lo justifica su interés importante, en los casos de (art. 161, apartado 2):

  • divorcio, separación o viudedad, cuando estaba casado con un extranjero que reside en Polonia,
  • fallecimiento de su progenitor extranjero que reside en Polonia,
  • fallecimiento de su hijo menor al que se concedió el estatuto de refugiado o la protección subsidiaria.

También aquí la autorización se concede una sola vez por un período de hasta 3 años (art. 162, apartado 3). En el asunto de la autorización del art. 159, apartado 1, la oficina tiene en cuenta, entre otros factores, el interés del niño, la solidez de los vínculos familiares en Polonia y el período de su residencia (art. 167).

Plazos y obligaciones

  • Notificación. Cuando desaparece la causa de la concesión de la autorización, notifíquelo al voivoda en un plazo de 15 días hábiles (art. 113, apartado 1). El voivoda puede denegar la siguiente autorización por falta de notificación si presenta la solicitud en el plazo de un año desde el fin de la vigencia de la autorización o desde su retirada definitiva (art. 100, apartado 2).
  • Solicitud. Es una nueva solicitud en MOS con base en el art. 158, apartado 2, o en el art. 161, apartado 2. La presenta como máximo el último día de la estancia legal (art. 105, apartado 1). Pasado el plazo pierde la protección del art. 108, apartado 1, punto 2.
  • Documentos. El voivoda puede requerirle documentos que acrediten el cambio de situación (art. 106f). Véase: requerimiento de documentos.

Cuando estas normas no encajan

Tras un divorcio o una viudedad, la autorización de residencia permanente del cónyuge de un ciudadano polaco no entra en consideración, porque la norma exige que el extranjero siga casado (art. 195, apartado 1, punto 4). Puede comprobar otra finalidad de estancia, por ejemplo residencia temporal y trabajo. La ley prevé también una autorización por otras circunstancias (art. 187, punto 8), que exige, entre otros requisitos, seguro, ingresos estables y lugar de residencia (art. 188, apartado 3). En caso de decisión denegatoria, véase denegación: qué hacer después.