Qué contiene la decisión
La autorización la deniega el voivoda mediante una decisión (art. 104, apartado 1, de la ley sobre extranjeros). La decisión indica el fundamento jurídico, la resolución y la motivación de hecho y de derecho. Contiene también la instrucción sobre si cabe recurso y por qué vía, y sobre el derecho a renunciar al recurso (art. 107, § 1, del Código de Procedimiento Administrativo). Anote la fecha de notificación: desde ella corren los plazos.
Recurso
- Autoridad. El recurso lo resuelve el Jefe de la Oficina de Asuntos de Extranjeros (art. 22, apartado 2, de la ley sobre extranjeros y art. 127, § 2, del Código de Procedimiento Administrativo). Cabe solo ante una instancia (art. 127, § 1).
- Plazo. El recurso se interpone en un plazo de 14 días desde la notificación de la decisión, a través del voivoda que la dictó (art. 129, §§ 1 y 2).
- Contenido. No tiene que tener una motivación detallada. Basta con que de él se desprenda que no está conforme con la decisión (art. 128).
- Efecto. El recurso interpuesto en plazo suspende la ejecución de la decisión (art. 130, § 2). El Jefe de la Oficina termina el procedimiento de recurso en un plazo de 90 días (art. 112a, apartado 4).
Si se retrasa sin culpa suya, puede pedir la restitución del plazo en los 7 días siguientes a que cese la causa (art. 58). No renuncie al recurso sin comprobar las consecuencias: la decisión pasa entonces a ser firme (art. 127a, § 2). Tras la decisión del Jefe de la Oficina cabe recurso ante el tribunal administrativo en un plazo de 30 días desde la notificación, presentado a través de esa autoridad (art. 53, § 1, y art. 54, § 1, de la ley - Ley de procedimiento ante los tribunales administrativos). Los detalles figuran en la instrucción de la decisión.
Estancia legal tras la denegación
Mientras la decisión no es firme, su estancia es legal (art. 108, apartado 1, punto 2). Tras una denegación firme tiene 30 días para salir y su estancia durante ese tiempo se considera legal (art. 299, apartado 6, punto 1, letra a, y apartado 7). El plazo se cuenta desde el día en que la decisión pasó a ser firme. En el caso de una decisión de una autoridad superior, se cuenta desde el día de su notificación a usted.
No tiene esos 30 días en dos situaciones:
- presentó la solicitud una vez transcurrido el período de estancia considerado legal (art. 299, apartado 7),
- antes de la denegación se inició un procedimiento para obligarle a regresar o se dictó una decisión de ese tipo (art. 299, apartado 8a).
Nueva vía
Durante esos 30 días el voivoda se niega a iniciar el procedimiento sobre una nueva solicitud de residencia temporal (art. 99, apartado 1, punto 9). Pasados 30 días sin salir, la estancia es ilegal y una solicitud presentada durante una estancia ilegal acaba en denegación (art. 100, apartado 1, punto 9). También puede dictarse una decisión de retorno (art. 302, apartado 1, punto 1).
Una nueva base de residencia tiene sentido solo si de verdad cumple sus condiciones, por ejemplo en el caso del trabajo: residencia temporal y trabajo. La tasa de timbre tras una denegación no se devuelve si presentó la solicitud a partir del 5 de marzo de 2026 (art. 113c). Véase: tasas.