Salida y regreso a Polonia

La tarjeta de residencia válida junto con el documento de viaje le da derecho a cruzar la frontera varias veces sin visado (art. 242 de la ley sobre extranjeros). Lleve siempre en el viaje ambos documentos: el pasaporte y la tarjeta.

Viajes por el espacio Schengen

Con una tarjeta de residencia válida y un pasaporte válido puede viajar libremente por los demás Estados del espacio Schengen hasta 90 días en cualquier período de 180 días (art. 21, apartado 1, del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen). Para ese viaje no necesita visado (art. 6, apartado 1, letra b, del Código de fronteras Schengen).

Condiciones de ese viaje:

  • tiene un documento de viaje válido, con una vigencia de al menos 3 meses después de la salida prevista del espacio Schengen y expedido en los últimos 10 años,
  • puede explicar la finalidad y las condiciones de la estancia y dispone de medios de subsistencia y de regreso,
  • no representa una amenaza para el orden público ni la seguridad y no figura en una inscripción a efectos de denegación de entrada.

Base: art. 21, apartado 1, del Convenio de aplicación, en relación con el art. 6, apartado 1, letras a, c y e, del Código de fronteras Schengen.

Esta norma se refiere a las estancias cortas. El trabajo o una estancia más larga en otro Estado los regulan las normas de ese Estado.

Cómo contar los 90 días

Para cada día de estancia se tienen en cuenta los 180 días que lo preceden (art. 6, apartado 1, del Código de fronteras Schengen). Los períodos de estancia en virtud de una autorización de residencia no se computan (art. 6, apartado 2). El tiempo pasado en Polonia con la tarjeta no consume, por tanto, el límite de 90 días. Cuenta los días de estancia en los demás Estados del espacio.

Los titulares de documentos de residencia no se registran en el sistema de entradas y salidas (EES) (art. 6a, apartado 3, letra c, del Código de fronteras Schengen). Si no está seguro de cuántos días le quedan, véase análisis de la estancia 90/180 días.

Estados fuera del espacio Schengen

La tarjeta de residencia polaca no da derecho a entrar en Estados fuera del espacio Schengen. Las reglas de entrada en ese Estado las fija su derecho: compruébelas antes del viaje. A Polonia vuelve con la tarjeta válida y el pasaporte (art. 242).

Salidas largas

  • Residencia temporal: la autorización se retira cuando desaparece la finalidad de la estancia (art. 101, punto 1). Una ausencia prolongada puede poner en duda que cumpla la finalidad de la estancia en Polonia.
  • Residencia permanente: la autorización se retira si ha abandonado Polonia por un período superior a 6 años (art. 199, apartado 1, punto 5).
  • Residente de larga duración de la UE: la autorización se retira, entre otros casos, tras una salida de Polonia de más de 6 años o tras una salida fuera de la UE de 12 meses consecutivos. Para los antiguos titulares de la Tarjeta Azul UE y sus familiares son 24 meses (art. 215, apartado 1, puntos 3 y 4).

Cuándo la tarjeta no basta

  • La tarjeta ha caducado y espera la decisión. El certificado de presentación de la solicitud acredita la estancia legal en Polonia. Según el portal MOS, no sirve para salir ni para volver. El Código de fronteras Schengen no considera documento de residencia los documentos provisionales expedidos durante el examen de la primera solicitud (art. 2, punto 16, letra b). Véase: viaje durante la espera.
  • Ha perdido la tarjeta. Comunique la pérdida a la autoridad que la expidió en un plazo de 3 días (art. 232, apartado 1). La tarjeta queda invalidada el día de la notificación (art. 250, punto 1). Véase: cambio de tarjeta.
  • El pasaporte caduca. La tarjeta sola no basta para cruzar la frontera. Véase: pasaporte caducado.