Qué es la declaración de encomienda de trabajo

La declaración de encomienda de trabajo a un extranjero es una base de trabajo más sencilla que sustituye a la autorización de trabajo. El empleador polaco la presenta a través del sistema de TI y el starosta la inscribe en el registro de declaraciones (art. 61, apartado 1, y art. 64, apartado 1, de la ley sobre las condiciones de admisibilidad de la contratación de extranjeros, en adelante: ley de contratación de extranjeros). La denegación de la inscripción se hace mediante decisión (art. 65, apartado 5).

Ciudadanos de qué países

Desde el 1 de diciembre de 2025 la declaración puede referirse a ciudadanos de cuatro países: Armenia, Bielorrusia, Moldavia y Ucrania (§ 2 del reglamento, Dz.U. 2025, pos. 1617). Un ciudadano de Georgia a quien se encomendó trabajo con una declaración inscrita antes del 1 de diciembre de 2025 puede trabajar en las condiciones de esa declaración hasta el fin de su vigencia (§ 3 de ese reglamento).

Los ciudadanos de Ucrania con protección temporal tienen acceso libre al mercado laboral. Véase: notificación del trabajo de un ciudadano de Ucrania.

Condiciones

  • trabajo en Polonia en virtud de un contrato con un empleador polaco (art. 6, apartado 2),
  • trabajo fuera de los sectores en los que se emiten autorizaciones de trabajo de temporada,
  • período de trabajo en la declaración no superior a 24 meses,
  • inicio del trabajo como máximo 6 meses después de presentar la declaración (art. 61, apartado 1).

La declaración que no cumpla estas condiciones se deja sin tramitar (art. 61, apartado 2). El starosta denegará la inscripción, entre otros casos, cuando la remuneración sea inferior a la de los trabajadores comparables o inferior a la remuneración mínima (art. 65, apartado 1, punto 1).

Tasa y plazo de inscripción

El empleador presenta la declaración junto con la tasa (art. 63, apartado 1). La tasa es de 400 PLN (§ 2, punto 5, del reglamento, Dz.U. 2025, pos. 1622). El starosta inscribe la declaración o deniega la inscripción como máximo en 7 días hábiles y, en los asuntos que requieren aclaraciones, en 30 días (art. 66).

Obligaciones del empleador tras la inscripción

  • celebrar un contrato con las condiciones de la declaración y entregarle la declaración inscrita (art. 68, apartado 1, puntos 1 y 5),
  • entregar al starosta el contrato o su copia en polaco antes de encomendar el trabajo (art. 68, apartado 1, punto 2),
  • pagar una remuneración no inferior a la mínima (art. 68, apartado 1, punto 3),
  • notificar al starosta el inicio del trabajo en un plazo de 7 días desde su comienzo y, si no se inicia, en un plazo de 14 días desde la fecha de inicio del trabajo indicada en el registro (art. 70, apartado 1).

Si usted no empieza a trabajar o termina el trabajo antes del plazo de la declaración, el empleador debe notificarlo al starosta. La inscripción de la declaración queda entonces anulada por ministerio de la ley (art. 70, apartados 2 y 5).

Cambios sin una nueva declaración

No hace falta una nueva inscripción, entre otros casos, si cambian la sede o la denominación del empleador, si el centro de trabajo pasa a otro empleador, si la jornada aumenta hasta la jornada completa, si cambia la denominación del puesto sin cambiar las funciones o si se celebra un contrato de trabajo en lugar de un contrato civil (art. 69, puntos 1 a 5).

Derecho a trabajar y residencia

Trabaja de acuerdo con la declaración si tiene derecho a residir en Polonia, por ejemplo con un determinado visado o en el régimen sin visado (art. 3, apartado 3). La declaración no otorga derecho de residencia. Tras al menos 3 meses de trabajo con un contrato de trabajo, el empleador puede presentar una solicitud de autorización de trabajo para el mismo puesto. Entonces puede seguir trabajando hasta la decisión, si la solicitud se presentó antes del fin del trabajo con la declaración (art. 71, apartado 1). Las reglas de la autorización las describe la guía autorización de trabajo.