Qué es la encomienda ilegal de trabajo
La ley sobre las condiciones de admisibilidad de la contratación de extranjeros (en adelante: ley de contratación de extranjeros) considera encomienda ilegal de trabajo la que se hace a un extranjero que (art. 2, punto 2):
- reside en Polonia ilegalmente o cuya base de residencia no da derecho a trabajar,
- no tiene la autorización de trabajo exigida o la declaración inscrita en el registro,
- trabaja en otras condiciones o en otro puesto que los de la autorización, la declaración o la autorización de residencia y trabajo,
- trabaja sin un contrato celebrado por escrito.
Multas de la ley de contratación de extranjeros
- de 3 000 a 50 000 PLN por la encomienda ilegal de trabajo, no menos de 3 000 PLN por cada extranjero (art. 84, apartados 1 y 13),
- de 6 000 a 50 000 PLN, entre otros, por llevar a un extranjero o a otra persona a un trabajo o empleo ilegal induciéndole a error o aprovechando un error, y por exigir al extranjero un beneficio patrimonial por las gestiones de la autorización. No menos de 6 000 PLN por cada extranjero (art. 84, apartados 3 a 5 y 14),
- de 1 000 a 3 000 PLN por no tener una versión del contrato comprensible para el extranjero, por no entregar el contrato al órgano o por no presentar la notificación del trabajo de un extranjero con protección temporal (art. 84, apartado 6),
- no menos de 500 PLN por no presentar las notificaciones del art. 18, apartado 2, y del art. 19 (art. 84, apartado 7),
- de 500 a 5 000 PLN por no presentar la notificación del inicio o del no inicio del trabajo con la declaración (art. 84, apartado 10),
- no menos de 6 000 PLN por encomendar trabajo a un extranjero enviado por una entidad que no es una agencia de empleo (art. 84, apartado 11).
Estas infracciones se juzgan por el procedimiento en los asuntos de infracciones administrativas y faltas (art. 86, apartado 3). El extranjero que trabaja ilegalmente se expone a una multa no inferior a 1 000 PLN (art. 84, apartado 2). El art. 85 exime de la sanción por encomendar trabajo a un extranjero sin visado o documento de residencia válido - véase cómo comprobar la legalidad.
Delitos y remuneración atrasada
La ley sobre las consecuencias de encomendar trabajo a extranjeros que residen contra la ley prevé, para quienes encomiendan trabajo a extranjeros sin un documento de residencia válido (arts. 9 a 12):
- multa o limitación de libertad por encomendar trabajo a varios de esos extranjeros a la vez, a un menor o de forma persistente en una actividad económica,
- pena privativa de libertad de hasta 3 años por encomendar trabajo en condiciones de especial explotación,
- posible prohibición de acceso a fondos públicos por un período de un año a 5 años, impuesta por el tribunal tras la condena (art. 12).
El extranjero sin un documento de residencia válido tiene derecho a reclamar la remuneración atrasada. Con un contrato de trabajo se presume el empleo durante 3 meses y, con otro contrato, una remuneración equivalente a tres veces la remuneración mínima (art. 4 de esa ley). Quien encomienda el trabajo cubre también los costes del envío de lo adeudado al extranjero (art. 5 de esa ley).
Consecuencias para las siguientes solicitudes
La sanción firme por las infracciones del art. 84, apartados 3 a 5, o una nueva sanción en 2 años por la infracción del art. 84, apartado 1, conlleva la denegación de la autorización de trabajo (art. 13, apartado 1, punto 1, letras c y d). También se deniega la autorización de residencia y trabajo al extranjero cuyo empleador haya sido sancionado así (art. 117, punto 1, letras a y b, de la ley sobre extranjeros). La falta de confirmación escrita del contrato de trabajo antes de permitir trabajar es una infracción castigada con una multa de 2 000 a 60 000 PLN (art. 281, § 1, punto 2, del Código del Trabajo). Véase también: inspección de la PIP y de la Guardia Fronteriza.